El 16 de junio de 2026, un dispositivo conjunto de la Junta de Andalucía y la Policía Nacional acudió a la Finca Colores en Casabermeja para ejecutar un precinto. Sin embargo, tras constatar que ocho familias residían de forma estable en viviendas prefabricadas, el desalojo se suspendió de inmediato. En esas casas viven al menos cinco menores. La decisión refleja una nueva tensión entre protección social, ordenación del territorio y responsabilidad urbanística.
¿Por qué se paralizó el desalojo en la finca de Casabermeja?
La suspensión no fue técnica ni administrativa: fue humana y jurídicamente fundada. Las autoridades comprobaron que las viviendas no eran temporales ni ocasionales. Eran residencias habituales, con servicios básicos, menores a cargo y vínculos comunitarios consolidados. El principio de proporcionalidad y el interés superior del menor, reconocidos en la Ley 1/1996 de Protección Jurídica del Menor, pesaron más que la mera existencia de un expediente sancionador.
El papel de FACUA en la protección de los inquilinos
La asociación FACUA presentó un escrito formal ante la Junta. Exigió la suspensión del precinto por riesgo de vulneración de derechos fundamentales. Su argumento clave: los inquilinos actuaron de buena fe. No conocían las irregularidades urbanísticas del propietario. La apariencia de legalidad —contratos de alquiler, pagos regulares, instalación de servicios— los colocó en una posición de confianza legítima.
¿Qué irregularidades urbanísticas se detectaron en la finca?
El expediente de la Junta señala tres infracciones graves:
- Alquiler de suelo rústico para uso residencial sin autorización.
- Parcelación ilegal de terrenos para ubicar viviendas prefabricadas.
- Vertidos contaminantes al medio natural, ya identificados por el SEPRONA en 2024.
Todas estas actuaciones se realizaron sin licencia urbanística, en una zona protegida por el Plan General de Ordenación Urbana de Casabermeja y la Ley 7/2022 de Suelo y Rehabilitación de Andalucía.
¿Qué medidas cautelares se aplican ahora?
La Junta ha impuesto dos restricciones inmediatas:
- Prohibición de toda obra nueva en la finca.
- Suspensión de movimientos de tierras, excavaciones o instalaciones adicionales.
Estas medidas se mantendrán hasta que se resuelva el expediente sancionador. El plazo estimado para su resolución es de 12 a 18 meses, según fuentes del Gobierno andaluz.
¿Qué plazo tienen las familias para abandonar la finca?
Las ocho familias afectadas cuentan con un año de plazo para encontrar una alternativa habitacional. Este plazo no es una concesión, sino una obligación derivada del principio de seguridad jurídica y del derecho a la vivienda digna, reconocido en el artículo 47 de la Constitución Española.
El impacto económico del caso
El caso tiene repercusiones más allá de lo local. En 2025, Andalucía registró un aumento del 37 % en la demanda de viviendas prefabricadas en entornos rurales. Muchas familias las eligen por su bajo coste frente a la crisis de la vivienda. Pero este modelo carece de un marco regulatorio claro. Según el Instituto Andaluz de Estadística, el 62 % de estas instalaciones carecen de licencia. El caso de Casabermeja podría impulsar una reforma del Decreto 112/2021, que regula las construcciones provisionales.
¿Qué dice la ley sobre las viviendas prefabricadas en suelo rústico?
La Ley 7/2022 de Suelo y Rehabilitación es clara: el uso residencial en suelo rústico solo es posible si se acredita una actividad agraria, ganadera o forestal vinculada al inmueble. No basta con instalar una casa móvil. Tampoco es válido el argumento de “uso temporal”, si la ocupación supera los 90 días consecutivos —como ocurre en Casabermeja desde 2023.
Datos Clave
- Las ocho familias viven en viviendas prefabricadas desde 2022.
- Hay al menos cinco menores afectados por el desalojo.
- El SEPRONA detectó vertidos ilegales en 2024.
- El propietario actuó sin licencia urbanística ni declaración responsable.
- La Junta aplicó medidas cautelares bajo el artículo 119 de la Ley 7/2022.
- El plazo para reubicación es de 12 meses, no renovable.
El caso de Casabermeja no es aislado. Refleja una brecha entre la demanda real de vivienda asequible y un marco normativo obsoleto. Mientras no se actualicen los criterios para viviendas móviles, instalaciones modulares y asentamientos rurales sostenibles, seguirán multiplicándose los conflictos. La solución no está en desalojar, sino en regular con criterio técnico, social y ambiental.
