El juicio contra Luis Carrero, conocido como el ‘hermanito’ de David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, ha puesto bajo lupa los mecanismos de contratación en instituciones locales. No se trata de un caso aislado, sino de un espejo de prácticas recurrentes en la administración pública española. La fiscalía imputa prevaricación y tráfico de influencias. La defensa niega pruebas contundentes. El debate trasciende lo personal: afecta a la transparencia, la igualdad de oportunidades y la confianza ciudadana.
¿Qué implica legalmente un nombramiento ‘a medida’ en una diputación?
Un nombramiento sin concurso público puede ser válido si se ajusta al Estatuto de los Trabajadores y a la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público. Pero cuando se crea una figura funcional ex novo, sin justificación técnica ni necesidad administrativa real, se activa la sospecha de prevaricación administrativa.
La Diputación de Badajoz creó la figura de jefe de sección de coordinación de actividades transfronterizas. No existía en su estructura orgánica previa. El puesto se adjudicó a Carrero seis meses antes de su finalización contractual y tras una renuncia anticipada. Eso genera dudas sobre su necesidad objetiva.
El papel de los correos electrónicos como prueba
Varios mensajes intercambiados entre Carrero y el diputado Ricardo Cabezas, fechados 23 días antes de la publicación oficial de la convocatoria, son clave. En uno, se menciona la incorporación inminente. La defensa alega «malinterpretación». La fiscalía los considera indicios de coordinación previa ilegítima.
¿Es legal llamar ‘hermanito’ a un colaborador en correos oficiales?
El término no es ilegal, pero sí revelador del vínculo personal entre funcionarios y cargos electos. Cuando ese vínculo se entrelaza con decisiones de contratación, se activa el principio de incompatibilidad de intereses, regulado en el Código Ético de la Administración General del Estado.
El uso de lenguaje coloquial en comunicaciones institucionales no es sancionable per se. Pero sí puede socavar la apariencia de imparcialidad, un pilar del principio de transparencia.
La jurisprudencia del Tribunal Supremo
El TS ha sentado doctrina: no basta con que no haya beneficio económico directo. Basta con que se altere el proceso normal de selección para favorecer a una persona con vínculos personales. En la sentencia 1023/2022, el alto tribunal anuló un nombramiento por «falta de motivación objetiva y coincidencia temporal con relaciones personales comprobadas».
¿Qué impacto económico tiene este tipo de prácticas?
Cada nombramiento irregular genera costes ocultos: pérdida de talento externo, desincentivo a la meritocracia y aumento de litigios. Según el Informe Anual de la Intervención General del Estado 2025, el 18 % de los recursos contenciosos en diputaciones provinciales se vinculan a impugnaciones de contrataciones sin concurso.
Además, la Confianza Pública en las Instituciones Locales cayó 12 puntos en 2025 (Encuesta CIS), correlacionada con casos mediáticos de supuestos enchufes.
El rol de la Intervención y la Auditoría
La Intervención de la Diputación de Badajoz no emitió informe previo sobre la creación del puesto. Esa omisión es crítica: la ley exige informe previo en puestos superiores a 30.000 € anuales. El cargo de Carrero superaba esa cuantía. Su ausencia debilita la legalidad del acto.
¿Qué dice la ley sobre la renuncia anticipada a un puesto público?
Renunciar no es ilegal. Pero hacerlo tras un año y medio de un contrato de tres años, y justo antes de su evaluación final, levanta interrogantes. El Real Decreto Legislativo 5/2015 exige que las renuncias se justifiquen ante la autoridad competente. No consta que Carrero presentara dicha justificación.
Datos Clave
- El puesto de Carrero no existía en la estructura orgánica previa de la Diputación de Badajoz.
- Se publicó la convocatoria 23 días después de que se acordara su incorporación por correo.
- No hubo informe previo de la Intervención, exigido por ley para puestos de su nivel retributivo.
- El TS ha anulado nombramientos similares por «falta de necesidad objetiva y vínculos personales comprobados».
- El 18 % de los recursos contenciosos en diputaciones en 2025 se relacionan con contrataciones sin concurso.
El caso no se resuelve solo en la sala. Se juega en el terreno de la credibilidad institucional, la eficacia del control interno y la aplicación rigurosa del principio de igualdad. Cada decisión administrativa debe resistir no solo el escrutinio legal, sino también el juicio ciudadano.
