El Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS), organismo que forma parte del Consejo de Europa, ha emitido un fallo que pone en entredicho la normativa española sobre indemnización por despido improcedente. Esta decisión, que se ha hecho pública recientemente, se basa en una denuncia presentada por el sindicato Comisiones Obreras (CCOO) en noviembre de 2022, donde se argumentaba que las compensaciones establecidas en la legislación laboral española no son adecuadas para reparar el daño sufrido por los trabajadores despedidos injustamente.
### La insuficiencia de las indemnizaciones en España
El CEDS ha determinado que las indemnizaciones por despido improcedente en España no son suficientemente elevadas para cumplir con su función reparadora ni para disuadir a las empresas de realizar despidos sin causa justificada. Según el Comité, esta situación infringe el artículo 24 de la Carta Social Europea, que protege los derechos de los trabajadores en caso de despido. La resolución del CEDS destaca que los topes establecidos en la legislación española no tienen en cuenta el perjuicio real que sufren los trabajadores, lo que puede llevar a una falta de protección adecuada en estos casos.
El fallo del Comité también aborda la problemática de los contratos temporales, señalando que las indemnizaciones para los trabajadores temporales despedidos de forma improcedente son, en muchos casos, inferiores a las que reciben los trabajadores fijos. Esta desigualdad es considerada contraria a los principios de la Carta Social Europea, lo que plantea serias interrogantes sobre la equidad del sistema laboral español.
### La necesidad de reformas en la legislación laboral
El CEDS ha instado a España a reformar su legislación laboral para garantizar que los tribunales tengan la potestad de ordenar la readmisión de los trabajadores despedidos sin causa justificada. Actualmente, la legislación española solo permite la readmisión en circunstancias muy limitadas, lo que impide que los jueces puedan evaluar si esta es la solución más adecuada en cada caso. Esta restricción es vista como incompatible con la Carta Social Europea, ya que deja a los trabajadores sin una protección adecuada ante despidos injustificados.
La resolución del CEDS no tiene efectos jurídicos directos en el ordenamiento español, pero ejerce una presión política y moral sobre el Gobierno para que se lleven a cabo reformas en la legislación laboral. En un contexto europeo donde se exige una mayor protección de los derechos sociales y laborales, este fallo podría ser un catalizador para cambios significativos en la normativa española.
Desde CCOO, se ha valorado positivamente la resolución del Comité, reclamando al Gobierno español una reforma urgente que eleve las indemnizaciones y garantice mecanismos de readmisión para evitar despidos injustos. La organización sindical sostiene que el actual marco legal abaratado el despido y deja a los trabajadores en una situación de vulnerabilidad, lo que podría tener consecuencias graves para la estabilidad laboral en el país.
El debate sobre la indemnización por despido improcedente en España no es nuevo, y este fallo del CEDS se suma a una serie de pronunciamientos que han cuestionado la efectividad de la legislación laboral actual. En julio de 2024, el Comité ya había señalado que la indemnización por despido improcedente no era ni suficientemente reparadora ni disuasoria para evitar despidos arbitrarios, lo que subraya la necesidad de un cambio en la política laboral del país.
La situación actual plantea un desafío significativo para el Gobierno español, que deberá considerar estas recomendaciones en el marco de sus políticas laborales. La presión de los sindicatos y de organismos internacionales como el CEDS podría ser clave para impulsar reformas que garanticen una mayor protección de los derechos de los trabajadores en España. En un momento en que la justicia social y la equidad laboral son temas candentes en Europa, la respuesta del Gobierno a este fallo será observada de cerca tanto a nivel nacional como internacional.