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    Financiación irregular PSOE: ¿cómo funcionaba el sistema de donaciones en efectivo con constructoras?

    adminBy admin30 de abril de 2026No hay comentarios4 Mins Read
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    Víctor de Aldama ha denunciado ante el Tribunal Supremo un presunto sistema de financiación irregular del PSOE entre 2019 y 2020. Según su testimonio, se gestionaron 1,8 millones de euros en efectivo mediante adjudicaciones públicas a cambio de supuestas «donaciones» a las arcas del partido. El esquema evitaba toda trazabilidad contable y operaba bajo instrucciones directas de altos cargos del partido.

    ¿Qué reveló Aldama sobre el sistema de financiación del PSOE?

    Aldama afirmó que José Luis Ábalos y Koldo García le encargaron contactar con constructoras para intercambiar adjudicaciones públicas por dinero en metálico. El dinero no se canalizaba mediante facturas ni transferencias bancarias. Se exigía efectivo para evitar rastros legales.

    El empresario declaró: «Esto no se puede facturar. Vas a ser tú el nexo. Tienen que pagar en efectivo». Reconoció que entendía la ilegalidad de las operaciones, pero no se mostró arrepentido: «No me siento cómodo, pero tampoco del todo incómodo».

    ¿Quién estaba al tanto de estas prácticas?

    Aldama aseguró que Koldo García le garantizó que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, «siempre sabía lo que hacíamos». Esta afirmación implica conocimiento directo desde la cúpula del partido. También señaló que parte del dinero se destinaba a Ferraz, sede del PSOE, y a cuentas personales de Ábalos y García.

    El comisionista describió un mecanismo estructurado: las constructoras recibían contratos públicos a cambio de entregas en efectivo, que luego se repartían entre afiliados como «donaciones» simuladas. Este método viola la Ley de Financiación de Partidos Políticos, que exige transparencia, trazabilidad y prohibición de aportaciones en metálico superiores a 100 euros.

    ¿Cuál es el impacto económico y legal de este caso?

    El caso afecta la confianza en la gestión de fondos públicos y en la integridad del sistema de contratación estatal. Desde el punto de vista económico, las adjudicaciones sesgadas distorsionan la competencia y encarecen los servicios públicos. Legalmente, el esquema descrito vulnera al menos tres normas clave: la Ley Orgánica 8/2007, el Código Penal (artículos 424 y 425 sobre cohecho y tráfico de influencias) y la Ley de Contratos del Sector Público.

    Además, el Tribunal Supremo ya ha abierto diligencias por posible delito de blanqueo de capitales, dado que el dinero en efectivo no se declaró ni se registró contablemente.

    ¿Qué papel jugó la SEPI en este esquema?

    Aldama mencionó una operación específica: la compra de un edificio de la SEPI en la calle María de Molina. Le advirtieron que, de obtener beneficios en esa transacción, también debería entregar una parte al PSOE. Esto sugiere que el sistema no se limitaba a contratos públicos ordinarios, sino que se extendía a operaciones patrimoniales de entidades estatales.

    ¿Cómo afecta esto a la transparencia institucional?

    La exigencia de efectivo elimina toda posibilidad de auditoría externa. No hay facturas, no hay bancos, no hay registros contables. Esa opacidad socava los principios de control parlamentario, rendición de cuentas y igualdad de oportunidades en la contratación pública.

    Datos Clave

    • Aldama declaró haber entregado 1,8 millones de euros en efectivo entre 2019 y 2020.
    • Las entregas se hacían sin facturas ni registros bancarios, en violación expresa de la Ley de Financiación de Partidos.
    • Koldo García aseguró a Aldama que Pedro Sánchez conocía el sistema.
    • El esquema incluía adjudicaciones públicas, operaciones inmobiliarias de la SEPI, y reparto entre afiliados como «donaciones».
    • El Tribunal Supremo investiga posibles delitos de cohecho, tráfico de influencias y blanqueo de capitales.

    El caso no es aislado: refleja una práctica sistémica que pone en tela de juicio la gobernanza democrática, la integridad del gasto público y el cumplimiento del principio de transparencia exigido por la Unión Europea en materia de financiación partidaria. Su resolución marcará un precedente para la responsabilidad política en la gestión de fondos públicos y privados vinculados al poder.

    contratación pública corrupción política financiación partidaria ley de partidos Tribunal Supremo
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